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Celebramos el avance para que la mendicidad no se mencione en la ley de Bienestar Animal

Ayer día 8 de marzo en el Senado se votó el proyecto de Ley de Bienestar Animal. A propuesta nuestra los grupos Más Madrid y Junts per Catalunya presentaron enmiendas que modificaba el artículo 25 de dicha ley eliminando la mención expresa a la mendicidad.

El artículo 25 en su punto f, tal y como aparecía en el Proyecto que llegó al Senado, establecía la prohibición de utilizar a los animales “de forma ambulante como reclamo o ejercer la mendicidad valiéndose de ellos.

Queremos aprovechar para, una vez más, para desterrar el mito que el ejercicio de la mendicidad es una práctica mayoritaria entre las personas en situación de sinhogarismo. Según los datos de la Encuesta de personas sin hogar del INE, solo un 5,8% de las personas que no tienen un hogar tendrían como mayor fuente de ingresos el dinero que le dan otras personas en la calle.

¿Y por qué nos preocupa entonces esta disposición?

Pues en primer lugar, porque existen investigaciones que muestran que la criminalización de la pobreza sirve como justificación de la violencia y el odio contra las personas en situación de sinhogarismo. Por tanto, este tipo de medidas, aunque bienintencionadas pueden de manera no deseada fomentar la aporofobia en nuestra sociedad.

Por otro lado nos preocupa la seguridad jurídica de las personas en situación de sinhogarismo. Porque, ¿a juicio de quien queda si una persona en situación de sinhogarismo está usando un animal para ejercer la mendicidad o simplemente está en la vía pública con su mascota? En nuestro país por desgracia hay experiencias como las ordenanzas que prohíben dormir en las calles, que en algunos casos han terminado en multas a las personas en situación de sinhogarismo.

Añadido a esto, las multas no son un mecanismo eficaz para corregir las conductas de quienes están en una situación de mayor vulnerabilidad, de hecho, pueden empeorar su situación ya que muchas de estas personas no tienen ni los recursos ni la energía para recurrir las sanciones y en algunos casos tener multas impagadas puede excluir a las personas de algunas ayudas sociales.

En nuestra opinión es innecesaria la mención a la mendicidad en la ley ya que sólo con prohibir usar a los animales de manera ambulante como reclamo es suficiente para lograr la protección que busca la ley. Es posible defender los derechos animales sin señalar específicamente a un colectivo vulnerable y así evitar los posibles efectos que hemos explicado.

En HOGAR SÍ entendemos lo importante que son los animales para mucha gente. Muchas de las personas a las que atendemos conviven con ellos y, si algo hemos aprendido, es que la mejor manera de asegurar su bienestar es con un hogar.

Agradecemos a los grupos que presentaron las enmiendas (Junts per Catalunya y Más Madrid) y también a los que las apoyaron. Celebramos que formaciones políticas muy diversas compartan nuestros argumentos y que hayan aprobado la eliminación de la mención a la mendicidad. Hacemos un llamamiento a todas las fuerzas políticas con representación en el Congreso de los Diputados para que la modificación sea aprobada definitivamente y así se eviten los riesgos para las personas más vulnerables.

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