Aporofobia: del diccionario de la RAE al Código Penal
Aporofobia es una palabra necesaria para nombrar una realidad terrible. Trabajar para conseguir la justicia social y la igualdad consiste, entre otras cosas, en poner nombre a las situaciones de discriminación y violencia. Necesitamos palabras que nos permitan reconocer su existencia en la sociedad, conceptos que nos permitan analizar las situaciones de discriminación para pensar en estrategias que las aborden.
Nombrar es conceptualizar una realidad social que permanece invisible, para hacerla tangible en la construcción del discurso. De manera simple, lo que no se nombra no existe. Nombrar es también un ejercicio de poder, y sirva como ejemplo reciente el interés de la Administración Trump en prohibir palabras como “diversidad”, “feto”, “transgénero” “basado en datos científicos” en la esfera de la sanidad pública.
La palabra aporofobia, acuñada por la filósofa Adela Cortina, se refiere al rechazo, aversión, temor y desprecio hacia las personas pobres y la pobreza. La aporofobia nos sirve para explicar, por ejemplo, por qué se rechaza a las personas refugiadas, pero no a los migrantes ricos e inversores o por qué son bienvenidas las personas árabes que llegan en yate a nuestras costas, pero no tanto las que llegan en patera.
En estos casos, podemos apreciar que lo que molesta especialmente es que las personas sean pobres, más allá de su origen racial o étnico. La xenofobia y el racismo son vergüenzas en auge en Europa, pero si observamos con detenimiento estos fenómenos, veremos que el rechazo no se produce únicamente por sus características identitarias sino también por sus circunstancias económicas.
Según datos del Observatorio Hatento, un 47% de las personas sin hogar han sido víctimas de un delito de odio por aporofobia. Poder nombrar la aporofobia es necesario para transformar esta realidad cotidiana que viola los derechos humanos en nuestras ciudades.
La palabra aporofobia es necesaria para generar un discurso que desenmascare la narrativa dominante que oculta, culpabiliza y manipula la realidad de las personas pobres y, de manera especial, la de las personas sin hogar como expresión de la pobreza más absoluta.
Además de en el diccionario, necesitamos encontrar la aporofobia en el Código Penal para poder combatirla. Es urgente incluir la aporofobia en el artículo 22.4 para que se pueda aplicar el agravante de delito de odio en las agresiones que se producen contra las personas sin hogar. Es imprescindible que el Código Penal reconozca la especial vulnerabilidad que las personas sin hogar tienen frente a delitos basados en la intolerancia y los prejuicios.
Hay épocas en las que la indiferencia es criminal, dijo Albert Camus. Es evidente que estamos ante una de esas épocas donde la indiferencia hacia las personas más vulnerables permite los comportamientos aporofóbicos. Y, por tanto, también nos encontramos en una de esas épocas donde alzar la voz y nombrar la injusticia social tiene un significado poderoso y la acción colectiva una capacidad transformadora.
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Cristina Hernández de RAIS.
*Artículo publicado originalmente en Desalambre, la comunidad de periodismo y derechos humanos de eldiario.es