La aporofobia como agravante en el Código Penal
El Senado ha aprobado una Moción presentada por el Grupo Parlamentario Unidos Podemos-En Comú Podem-En Marea por la que se insta al Gobierno a la reforma del artículo 22.4ª del Código Penal para incluir la aporofobia como circunstancia agravante de la responsabilidad penal.
Desde RAIS Fundación celebramos esta iniciativa política y nos alegramos del consenso generado. El impulso político y la unanimidad de las fuerzas políticas manifestado hoy en el Senado para introducir la aporofobia como un agravante dentro del Código Penal debe materializarse con agilidad para proteger de manera efectiva a las víctimas.
Consideramos que es urgente e imprescindible que el Código Penal reconozca la especial vulnerabilidad que las personas sin hogar tienen frente a delitos basados en la intolerancia y los prejuicios, recogiendo la situación socioeconómica de pobreza y exclusión como una característica a proteger.
Los delitos motivados por la aporofobia deben ser perseguidos y castigados. Suponen una vulneración flagrante de los derechos humanos y es uno de los mayores atentados contra la dignidad de las personas. En una investigación realizada por el Observatorio Hatento se estimó que un 47% de las personas sin hogar en España han sido víctimas de, al menos, un incidente o delito de odio por aporofobia. De estas personas que han sufrido delitos de odio, en un 81% de los casos habrían sido víctimas de delitos de odio en más de una ocasión. Para el Observatorio Hatento, “es fundamental no olvidar que el derecho a la vivienda se relaciona directamente con la calidad de vida, la seguridad y la salud de las personas, de forma que interacciona con los demás derechos fundamentales. Una sociedad democrática no puede permitirse abandonar más allá de los márgenes a parte de su ciudadanía.”