Blog

HOGAR SÍ / Blog  / Las personas sin hogar y el Ingreso Mínimo Vital

Las personas sin hogar y el Ingreso Mínimo Vital

La puesta en marcha del Ingreso Mínimo Vital es sin duda una buena noticia para todas aquellas entidades que de una manera u otra trabajamos para solucionar problemas relacionados con la pobreza. Pero sobre todo y, fundamentalmente, es una buena noticia para las más de 2,3 millones de personas que se beneficiarán de la misma, de las que un millón está en pobreza extrema. El derecho a contar con un soporte básico diferencia a las democracias avanzadas que no permiten que ninguna persona viva en una situación de vulnerabilidad extrema.

El sinhogarismo es una de las expresiones más extremas de la pobreza y la exclusión y quienes viven en esta situación, en su amplísima mayoría, carecen de unos ingresos mínimos y estables para garantizar su bienestar. Por eso, la existencia de un mecanismo que en el conjunto del estado garantice la percepción de una renta mínima es, a priori, una buena noticia. Tal y como se señala en el preámbulo, el Ingreso Mínimo Vital no es una política dirigida a grupos o individuos concretos, sino que, atendiendo a aquellos que en un momento determinado sufren situaciones de exclusión y vulnerabilidad, protege de forma estructural a la sociedad en su conjunto. Aplaudimos esta visión global, pero no podemos negar que el sinhogarismo se asocia a algunas circunstancias que de forma sistemática y reiterada están actuando como barreras de facto para el acceso a los sistemas autonómicos de rentas mínimas. En este sentido, y lamentablemente, a pesar de nuestros esfuerzos en su proceso de definición, una primera valoración del Real Decreto Ley nos permite afirmar que el diseño de este mecanismo tiene, a nuestro juicio, algunos requisitos que pueden hacer que muchas personas en situación de sinhogarismo queden excluidas.

La primera carencia que podríamos destacar es que utiliza el empadronamiento como manera de acreditar la residencia en España, que es uno de los requisitos para acceder a este subsidio. Este requisito, que no supone un gran obstáculo para la mayoría de la población, se puede convertir en una barrera infranqueable para las personas que carecen de un hogar. Aunque periódicamente el Gobierno emite instrucciones recordando la obligación de los ayuntamientos de empadronar a las personas independientemente de su situación residencial, nos encontramos muchos casos en los que para estas personas se vuelve imposible acceder al empadronamiento. Así, de un plumazo, cientos de personas que cumplen con creces los requisitos económicos para percibir este ingreso mínimo, pueden verse excluidas por carecer de este requisito burocrático y de esta forma continuar atrapadas en una espiral de exclusión.

Este problema podría haber tenido una fácil solución. Se podría haber acreditado a determinadas organizaciones civiles, así como a los servicios sociales autonómicos y locales para que pudieran certificar la condición de persona en situación de sinhogarismo y que este certificado eximiera de la necesidad de presentar el empadronamiento.

Otro de los elementos que nos hubiera gustado que contemplara este mecanismo es la exclusión residencial. Si bien es cierto que la ayuda excluye del cómputo de los ingresos las ayudas que se reciban para el pago de la vivienda, el mecanismo no contempla ninguna acción activa para garantizar el acceso a una vivienda. Quizás exista una oportunidad de subsanar este asunto si los sistemas de rentas mínimas autonómicas se transforman, total o parcialmente, en mecanismos que puedan complementar este Ingreso Mínimo Vital.

Añadido a esto, está la cuestión del excesivo peso de los mecanismos telemáticos para la solicitud del Ingreso Mínimo Vital. La crisis de la COVID-19 ha dejado patente la gran desconexión y brecha digital que sufren las personas en situación de sinhogarismo. El hecho de que la sede Electrónica de la Seguridad Social sea el canal preferente para la tramitación de este mecanismo es, sin ninguna duda, un obstáculo que debe ser tenido en cuenta por todos los actores implicados y que va a suponer un reto para las organizaciones que prestamos apoyos a dichas personas, para que ninguna quede atrás en el acceso a esta prestación.

Otro de los mecanismos que nos generan preocupación es el que excluye a aquellas personas usuarias de una prestación de servicio residencial, de carácter social, sanitario o sociosanitario, con carácter permanente y financiada con fondos públicos. En HOGAR SÍ trabajamos desde un enfoque basado en el acceso a viviendas en las que las personas deben poder pasar todo el tiempo que requiera su proceso. Por ello trabajaremos para que en el desarrollo reglamentario quede claro que las personas en situación de sinhogarismo en soluciones estables basadas en vivienda no serán excluidas de esta política pública.

Finalmente, una cuestión que nos inquieta es la obligación de que las personas solicitantes se encuentren dadas de alta como demandantes de empleo. Consideramos que es un acierto que el Ingreso Mínimo Vital no requiera una antigüedad mínima en el registro de demanda de empleo pues ayudará a prevenir que algunas personas se queden fuera. Con todo, la exigencia de otro trámite burocrático que además depende de estar dado de alta en la Seguridad Social puede seguir siendo un escollo cuando se podría haber, por ejemplo, optado por bonificar o premiar a quienes se encontraran inscritos como demandantes de empleo sin que ello supusiera excluir a aquellas personas que no.

En definitiva, en HOGAR SÍ mostramos nuestro apoyo a un mecanismo como el Ingreso Mínimo Vital que permite obtener unos mínimos básicos respetando la plena autonomía de las personas y su capacidad de tomar decisiones para dirigir su vida de la manera que consideran conveniente. No obstante, nos preocupa que algunas de las personas que más puedan necesitarlo se queden fuera por enfrentarse a barreras que ya hemos identificado en el funcionamiento de los sistemas autonómicos de rentas mínimas y que se han acabado demostrando como mecanismos sistemáticos de exclusión. Seguiremos trabajando durante el trámite parlamentario y el posterior desarrollo reglamentario para tratar de convencer a los responsables de que retiren estos obstáculos y, por el contrario, establezcan mecanismos facilitadores y de esta manera avanzar de una manera más decidida hacia la solución del sinhogarismo.

Este sitio web utiliza cookies para que usted tenga la mejor experiencia de usuario. Si continúa navegando está dando su consentimiento para la aceptación de las mencionadas cookies y la aceptación de nuestra política de cookies, pinche el enlace para mayor información.

ACEPTAR
Aviso de cookies