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Recomendaciones para la intervención policial con personas en situación de sinhogarismo en la calle durante el estado de alarma

Desde el Observatorio HATEnto, en colaboración con Unijepol, hemos elaborado estas recomendaciones para la intervención policial con personas en situación de sinhogarismo que están en la calle durante el estado de alarma: 

1. A las personas en situación de sinhogarismo les es imposible cumplir la instrucción de confinamiento

La primera consideración que debemos hacer es que las personas en situación de sinhogarismo que se encuentran en las calles de nuestras ciudades no incumplen el confinamiento por voluntad propia, sino porque carecen de un hogar y probablemente una proporción significativa de ellas lleven mucho tiempo sin él. Al intervenir con ellas debemos ser conscientes de ello.

2. Algunas personas en situación de sinhogarismo presentan características complejas que requieren un enfoque concreto

Algunas personas en situación de sinhogarismo, además de su ya de por sí difícil situación, pueden presentar problemas de salud mental, adicciones, barreras idiomáticas o traumas. Todas estas características pueden hacer más compleja la interlocución con ellas y requiere de un enfoque de intervención que contemple estas características.

3. Es fundamental la colaboración estrecha entre los servicios sociales y los policiales

Debido a las características complejas que presentan muchas personas en situación de sinhogarismo, las intervenciones que se hagan con estas personas preferentemente deben hacerse en estrecha colaboración y coordinación entre los servicios policiales y los profesionales psicosociales. Cada uno en su ámbito debe marcar la pauta que sea necesaria.

4. Durante el estado de alarma los derechos fundamentales siguen vigentes también para las personas en situación de sinhogarismo

A pesar de la proclamación del estado de alarma, los derechos fundamentales siguen vigentes, especialmente su derecho a la dignidad. Ante la duda de si una actuación con una persona en situación de sinhogarismo es acorde a derecho o no, tan solo es necesario hacerse dos preguntas: ¿Sería adecuada esta actuación con una persona que dispusiera de un hogar? ¿Tiene esta persona posibilidades reales, dada su situación, de cumplir nuestras instrucciones?

5. Debemos convencer a las personas para que acudan a los recursos, evitando las medidas coercitivas

Los servicios municipales, en colaboración las consejerías autonómicas y el Ministerio de Derechos Sociales y Agenda 2030, están habilitando alojamientos para las personas en situación de sinhogarismo. Es necesario convencer a estas personas de que acudan a estos lugares sin usar medidas coercitivas como las multas. El motivo es que agravarían su situación, aumentarían el nivel de desconfianza de estas personas y además podría generar posteriores problemas en los recursos colectivos si finalmente acuden obligadas.

6. Si no es posible trasladar a una persona a un recurso se debe anotar su localización para su seguimiento diario

Si no es posible convencer a una persona para que se traslade voluntariamente a un centro o no quedan plazas en los recursos habilitados se debe anotar su localización, indicar a la persona que limite su deambulación y trasladar a los servicios sociales la información para que hagan un seguimiento diario de su estado de salud y le provean de un kit de higiene y alimentación.

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